La Cámara de Diputados ha dado luz verde a una serie de reformas significativas a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y a la Ley General de Población. La iniciativa, que ahora espera la promulgación del Ejecutivo Federal, incluye la creación de la Plataforma Única de Identidad, una herramienta que integrará la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos, diseñada para fortalecer las labores de búsqueda de personas desaparecidas.
La aprobación de estas reformas en la Cámara Baja fue contundente, con 438 votos a favor en lo general para las modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, y 340 votos a favor en lo general para las de la Ley General de Población. Pese a haber sido catalogada como de urgente resolución y propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, la iniciativa ha generado preocupación entre organizaciones civiles y especialistas en derechos digitales. Estas voces advierten sobre posibles riesgos relacionados con la vigilancia y el uso indebido de información sensible.
Con estas modificaciones, la CURP se convertirá en el documento nacional de identificación obligatorio, disponible en formatos físico y digital. Incluirá nombre completo, fecha de nacimiento, sexo o género, nacionalidad, huellas dactilares y fotografía, y será requerida para toda persona mexicana o extranjera con estancia regular en el país. La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones gestionará la versión digital, cuyo uso será mandatorio para la autenticación de identidad en trámites tanto públicos como privados. La Secretaría de Gobernación se encargará de integrar los datos biométricos a la CURP, en colaboración con los tres niveles de gobierno. Por su parte, la nueva Plataforma Única de Identidad permitirá búsquedas automatizadas y alertas en tiempo real de personas desaparecidas, interconectándose con el Sistema Nacional de Búsqueda, bases de datos forenses, registros administrativos y fuentes privadas como servicios de salud, transporte, educación y telecomunicaciones. El acceso a esta plataforma estará restringido a autoridades competentes, bajo la supervisión del Ministerio Público y en coordinación con las comisiones de búsqueda, asegurando que la información solo se consulte con autorización legal y para los fines establecidos en la ley. Las reformas también contemplan sanciones administrativas para quienes impidan el acceso o utilicen la plataforma de manera indebida, con multas que podrían ascender a 20,000 veces el valor diario de la UMA. Además, se establece un plazo de 180 días para que estados y municipios armonicen su normativa sobre cementerios, crematorios y panteones, exigiendo el registro digital de cuerpos inhumados, cremados o trasladados para su integración al Sistema Nacional de Búsqueda. Finalmente, las fiscalías deberán presentar informes mensuales al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, detallando el número de personas desaparecidas, carpetas de investigación y acciones de localización.