Las empresas tienen hasta el 30 de mayo para cumplir con la legislación y las personas físicas deben cumplir a más tardar el 29 de junio
Redacción Entorno Informativo
Para promover su cumplimiento en beneficio del bienestar laboral, la Secretaría del Trabajo, informa a la ciudadanía sobre las fechas establecidas para el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
El pago de las PTU es un derecho constitucional que permite a las y los trabajadores recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por su actividad productiva o los servicios que ofrece, de acuerdo con su declaración fiscal.
En este sentido, la persona trabajadora debe tomar en cuenta lo siguiente: quienes laboran para una empresa (persona moral) deberán recibir el pago de utilidades a más tardar el 30 de mayo; mientras que quienes trabajan para una persona física (patrón) tienen como fecha límite el 29 de junio.
Cabe destacar que este beneficio aplica para las y los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en el año, independientemente de que ya no se encuentren prestando sus servicios al momento del pago.
Asimismo, no están obligados a repartir utilidades las empresas de nueva creación; las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, ni las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
Para recibir orientación o presentar alguna inconformidad, la ciudadanía puede acercarse a la Secretaría del Trabajo, como al Centro de Conciliación Laboral.
Con estas acciones, el Gobierno de Sonora reafirma su compromiso con la legalidad y la protección de los derechos de las y los trabajadores.
